Se trata de la máxima cobertura de granizo. La indemnización procede cuando el daño supera el 6% de la suma asegurada, correspondiente a la superficie del lote que fue afectada por el siniestro.
Cereales y Oleaginosas
Franquicia No Deducible del 6% Sobre Área Afectada
Franquicia Deducible del 10%, 15% o 20%
Ofrece la ventaja de ser más económica que la tradicional. La indemnización procede cuando el daño supera el porcentaje de franquicia indicado, aplicado sobre la suma asegurada del lote que fue afectado por el siniestro.
Franquicia Deducible Decreciente
Se trata también de una opción más económica que la tradicional, y ofrece alto reconocimiento de daños importantes. La indemnización procede cuando el daño supera el 15% de la suma asegurada; y dicho porcentaje va disminuyendo a medida que el daño aumenta.
Franquicia Deducible del 5% Sobre Suma Asegurada Total
Representa una alternativa ideal para grandes inversiones. La indemnización procede cuando el daño supera el 5% de la suma asegurada del total del sembrado.
Adicionales
Resiembra
La indemnización contempla los gastos de resiembra hasta un 20% o 40% de la suma asegurada, de acuerdo a los requerimientos del cliente.
Incendio
En este caso, la indemnización contempla los daños ocasionados por incendio, rayo y/o explosión hasta un 60% u 80% de la suma asegurada, en función de los requerimientos del cliente.
Heladas
La indemnización procede cuando el daño supera el 20% de la suma asegurada del lote afectado por el siniestro; ya sea producto de temperaturas iguales o menores al punto de congelación del agua, que resulten en: formación intracelular de cristales de hielo en los tejidos (muerte celular), marchitez de órganos reproductores, deshidratación, granos chupados.
Vientos Fuertes
La indemnización procede cuando el daño supera el 20% de la suma asegurada del lote afectado por el siniestro; ya sea producto de huracán, ciclón, tornado, tromba, o vientos fuertes, que resulten en: acame, vuelco irreversible de las plantas, fractura de tallos, desarraigo.
Frutales
Franquicia No Deducible del 6% Sobre Área Afectada
Se trata de la máxima cobertura de granizo. La indemnización procede cuando el daño supera el 6% de la suma asegurada, correspondiente a la superficie del lote que fue afectada por el siniestro.
Franquicia Deducible del 10%
Ofrece la ventaja de ser más económica que la tradicional. La indemnización procede cuando el daño supera el 10% de la suma asegurada del lote que fue afectado por el siniestro.